Innovación, interculturalidad y sustentabilidad
{ Convivencia Escolar }
{ Encargada de Convivencia }
Janine Díaz Calixto
(c) Magíster - Profesora de historia
janine.diaz@slepllanquihue.cl
> Información y documentos para la comunidad...
¿QUÉ ES LA LEY KARIN?
Establece diversas disposiciones que modifican e incorporan definiciones legales, añade medidas de prevención y resguardo en la materia y perfecciona los procedimientos de investigación, implementando y adecuando la normativa nacional a los parámetros establecidos en el recientemente ratificado Convenio N°190, Sobre la Violencia y el Acoso, de la Organización Internacional del Trabajo – OIT.
Guía Ley Karin
Esta guía, elaborada a solicitud del Consejo Consultivo de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Subsecretaría de Previsión Social, tiene como objetivo convertirse en una herramienta práctica que permita a las entidades empleadoras sujetas al Código del Trabajo entender lo que la Ley Nº 21.643 dispone y exige: implementar la prevención, investigación y sanción de la violencia y acoso en los lugares de trabajo, la incorporación en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad o en el Reglamento Interno de Higiene
y Seguridad de tales acciones.
Para este fin, la Guía práctica se estructura en tres secciones principales:
1. En la primera, se describe el marco normativo: contiene las obligaciones de las entidades empleadoras y de las personas trabajadoras, así como también sus derechos en materia de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo, junto con la definición de conceptos relacionados con violencia y
acoso que es importante conocer y manejar.
2. En la segunda sección se aborda la prevención de la violencia y acoso: se sintetizan las metodologías para identificar y evaluar los factores de riesgo de violencia y acoso en los lugares de trabajo y se incluye un marco para un programa preventivo de la violencia y acoso en los lugares de trabajo, junto a los mecanismos para verificar su cumplimiento e implementación a nivel de los Comités Paritarios, representantes de las personas trabajadoras, Departamentos de Prevención de Riesgos, etc., y los contenidos mínimos que debieran considerarse en los reglamentos internos de las empresas.
3. En la tercera sección se aborda el procedimiento para investigar y sancionar las denuncias por acoso sexual, laboral y violencia en los lugares de trabajo, así como los mecanismos para la incorporación de la perspectiva de género en las acciones preventivas, en la investigación sobre acoso y violencia y su transversalización en los diversos estamentos de la empresa.